El 1 de enero entrará en vigor la Ley de Autónomos, prácticamente en su totalidad. Una normativa que, en el ámbito laboral, trae consigo una serie de novedades que analizamos a continuación.
Maternidad y paternidad
La bonificación durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción o guarda o bien por riesgo en el embarazo o en la lactancia se aplicará la base media que tuviera el autónomo durante los doce meses anteriores. Las autónomas que se reincorporen después de una baja maternal tendrán una bonificación en la cuota de contingencias comunes. Durante los doce siguientes meses, pagarán 50 euros, en lugar de los 275. En el caso de coger la base máxima, la bonificación será del 80% durante un año.
Fuente:https://cincodias.elpais.com/cincodias/2017/12/20/autonomos/1513754898_687001.html